Violación no abuso

No hace falta insistir para conseguir algo que otra persona está dispuesta a entregar voluntariamente.

La Audiencia Provincial de Madrid ha impuesto siete años de cárcel a un hombre que violó a una joven que había conocido en una discoteca y a la que había acompañado a su casa contra su voluntad. La sentencia explica que no hace falta «una importante violencia física» para considerar que fue una agresión y no un abuso.

El joven ha sido sentenciado a siete años de cárcel por un delito de agresión sexual, otros seis más de libertad vigilada, una orden de alejamiento de un kilómetro y la obligación de indemnizar a su víctima con 10.000 euros.

En un momento dado, la joven optó por no resistirse más y evitar así males mayores, llegando a pedir al agresor que «terminara pronto», y todo porque él utilizó una fuerza «suficiente y eficaz». Se habla de violación y no de abuso, dicen los jueces, «cuando la víctima se ve obligada a soportar en su cuerpo actos no consentidos», usando una violencia «idónea».

Explican que, en base a la jurisprudencia del Supremo «basta con que la intimidación, el temor creado en la víctima, haya sido eficaz y la condujera a no oponerse», hablando incluso de que será suficiente con que el agresor utilice «la violencia física o la ‘vis’ psíquica».

Fuente Cadena Ser por Alberto Pozas

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